Toxicología en Cartagena: cuando una barrera administrativa puede costarnos tiempo y vidas

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Una reflexión frente al “paseo de la muerte” del paciente intoxicado y al talento humano que Cartagena ya tiene

Por: Dra. María Victoria Coronado Nisperuza
Fisioterapeuta, Magíster en Bioquímica Clínica y docente universitaria

La reciente noticia sobre un paciente intoxicado que terminó enfrentando el llamado “paseo de la muerte” debería llevarnos, más allá de la indignación, a una pregunta incómoda pero necesaria: ¿estamos utilizando todos los recursos humanos y científicos disponibles para atender oportunamente a los pacientes intoxicados en Cartagena?

Esta reflexión no pretende señalar responsables ni desconocer las competencias del DADIS como autoridad sanitaria. Por el contrario, busca abrir una conversación técnica, académica y jurídica sobre una situación que merece ser revisada.

Cartagena cuenta con talento humano formado en Toxicología

En Cartagena existe talento humano con formación específica en Toxicología. La Universidad de Cartagena ha formado varias cohortes de profesionales en su Maestría en Toxicología, un programa académico formalmente reconocido y con un perfil ocupacional que establece competencias concretas.

El perfil de egreso de esta maestría señala que sus profesionales están capacitados para intervenir en la atención clínica de pacientes pediátricos y adultos con patologías derivadas de intoxicaciones, tanto en urgencias, hospitalización, cuidado intensivo como consulta externa.

No se trata, entonces, únicamente de profesionales dedicados a la investigación o a la docencia. Estamos hablando de profesionales del área de la salud que han adquirido formación avanzada en Toxicología dentro de un programa universitario cuyo perfil contempla expresamente escenarios de atención clínica.

¿Qué dice la normatividad?

Aquí aparece un elemento fundamental para abrir esta discusión.

En una respuesta oficial del Ministerio de Salud y Protección Social, emitida en junio de 2025 frente a una consulta específica sobre las competencias de un médico magíster en Toxicología, se recuerda que la Ley 1164 de 2007 contempla, dentro de las condiciones académicas para el ejercicio del talento humano en salud, títulos de educación superior como profesional, especialización, magíster y doctorado.

Pero hay algo todavía más relevante.

El Ministerio precisa que la Resolución 3100 de 2019, que establece las condiciones de habilitación de los servicios de salud, no establece por sí misma las competencias del talento humano, pues estas se encuentran definidas en los programas académicos aprobados por el Ministerio de Educación Nacional.

El propio Ministerio identifica específicamente a la Maestría en Toxicología de la Universidad de Cartagena y reconoce dentro de su perfil ocupacional la intervención clínica de pacientes intoxicados en urgencias, hospitalización, cuidado intensivo y consulta externa.

Esto nos lleva a una pregunta legítima que merece una respuesta clara:

¿Con qué fundamento jurídico, académico y técnico se estaría excluyendo de manera automática a un profesional con formación avanzada en Toxicología de ejercer las competencias clínicas que su formación académica contempla?

La pregunta no significa afirmar que un magíster deba sustituir automáticamente a un especialista en Toxicología Clínica. Cada servicio de salud debe cumplir los requisitos de habilitación que correspondan y cada profesional debe actuar dentro del marco de sus competencias y de su autonomía profesional.

La discusión es otra.

Si existe un profesional con título reconocido, formación en el área de la salud, formación avanzada en Toxicología y competencias clínicas expresamente contempladas en su programa académico, ¿por qué no evaluar su idoneidad de manera individual y objetiva antes de excluirlo únicamente por la denominación de su título?

Cuando el talento humano existe, pero no puede utilizarse

Esta inquietud no es meramente académica.

Se conocen casos de profesionales con formación en Toxicología en Cartagena y otras ciudades de la región que han encontrado dificultades para desarrollar o participar en servicios relacionados con esta área, precisamente por la interpretación de que ser magíster no sería suficiente.

Incluso se han presentado situaciones en las que instituciones prestadoras que necesitan este tipo de talento humano han encontrado dificultades para vincularlo.

Si esto está ocurriendo, considero que merece una revisión institucional.

Porque una cosa es que la normatividad establezca que determinado servicio requiere un especialista para cumplir un estándar específico de habilitación.

Y otra muy diferente es interpretar que un profesional con formación avanzada en Toxicología carece de competencias clínicas por el solo hecho de tener un título de maestría.

El propio Ministerio de Salud señala que la Resolución 3100 regula las condiciones de los servicios y que las competencias del talento humano provienen de los programas académicos aprobados.

El verdadero centro de esta discusión es el paciente

Cartagena es una ciudad turística, portuaria y receptora de población de todo el país. Las intoxicaciones por medicamentos, sustancias químicas, plaguicidas, sustancias psicoactivas y otras exposiciones representan situaciones clínicas que pueden evolucionar rápidamente y requieren conocimiento especializado.

A esto se suma una realidad que tampoco podemos ignorar: después de la pandemia, los problemas de salud mental y las conductas asociadas a intentos de suicidio y exposición voluntaria a sustancias constituyen un desafío creciente para los sistemas de salud.

En ese contexto, tener profesionales formados específicamente en Toxicología debería ser una fortaleza.

No una barrera.

La Universidad de Cartagena es una institución pública de enorme importancia para nuestra región y un referente académico. Durante años ha formado profesionales en esta área precisamente para responder a una necesidad concreta de salud pública.

Por eso resulta legítimo preguntarnos si estamos aprovechando adecuadamente ese conocimiento.

¿Por qué llegar hasta un derecho de petición?

Cuando un profesional considera que existe una barrera que le impide ejercer las competencias para las cuales se formó, es comprensible que busque respuestas mediante un derecho de petición y, si no encuentra claridad, eventualmente acuda a otras instancias administrativas o judiciales.

Esto no debería interpretarse necesariamente como una confrontación contra la autoridad sanitaria.

Muchas veces es simplemente la consecuencia de una pregunta que no ha encontrado una respuesta suficientemente clara:

¿Cuál es exactamente el fundamento normativo que impide que determinado profesional ejerza determinadas competencias?

Por eso, antes de llegar a escenarios de conflicto jurídico, sería deseable que existieran espacios de diálogo entre el DADIS, las IPS, la Universidad de Cartagena y los profesionales formados en Toxicología.

Revisar los programas académicos.

Revisar los registros calificados.

Revisar el ReTHUS.

Revisar las competencias certificadas.

Revisar los estándares de habilitación.

Y, sobre todo, establecer con claridad qué puede y qué no puede hacer un profesional de acuerdo con su formación y con la normativa vigente.

Una oportunidad para Cartagena

Esta no debería convertirse en una discusión entre “especialistas” y “magísteres”.

Tampoco debería convertirse en un enfrentamiento entre profesionales y autoridades sanitarias.

Debe convertirse en una oportunidad para fortalecer la atención toxicológica de Cartagena.

Si la normatividad establece que determinado servicio requiere obligatoriamente un especialista en Toxicología Clínica, debemos cumplirla.

Pero si existe un talento humano adicional, formalmente formado, con competencias reconocidas y disponible para contribuir dentro del marco legal, también deberíamos encontrar la manera de aprovecharlo.

Porque cada profesional competente que pueda integrarse correctamente al sistema significa mayor capacidad de respuesta.

Y cuando hablamos de un paciente intoxicado, muchas veces hablamos de minutos.

El “paseo de la muerte” debe servir para revisar las barreras

El llamado “paseo de la muerte” no debería llevarnos únicamente a buscar responsables después de una tragedia.

También debería llevarnos a revisar qué barreras administrativas, académicas o institucionales podemos eliminar antes de que vuelva a ocurrir.

La pregunta, entonces, no debería ser solamente:

¿Quién puede tener el título correcto?

Deberíamos preguntarnos también:

¿Quién tiene las competencias correctas, qué permite exactamente la ley y cómo podemos poner ese conocimiento al servicio de nuestros pacientes?

Cartagena ya tiene parte de esa respuesta en sus universidades y en sus profesionales.

Solo necesitamos que las instituciones se sienten a revisarla.

Por los pacientes. Por la seguridad de la atención. Y porque en Toxicología, llegar tarde puede significar llegar demasiado tarde.