Control a ruidosos
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Por Bernardo Romero Parra
El 4 de Marzo el gobierno nacional sancionó la Ley 2450 de 2025, por medio del cual se establecen los objetivos, los lineamientos, las responsabilidades y las competencias específicas de los entes territoriales, autoridades ambientales y de policía para la formulación de una política de calidad acústica para el país (Ley contra el ruido).
Esta ley define la calidad acústica como el grado de adecuación de las características sonoras de un espacio a las actividades que en él se desarrollan, de manera que el entorno sonoro sea agradable, confortable y no tenga efectos negativos para la tranquilidad, la convivencia, el ambiente, la salud humana, de los animales y los ecosistemas.
Aplicando este concepto a la situación de Cartagena identificamos que en muchos sectores las características del ambiente en materia sonora es negativa por el abuso con que se utilizan los aparatos y demás máquinas de sonido, los cuales son usados de forma desproporcionada en contra del derecho al descanso de las personas que viven en los alrededores.
El gobierno nacional tiene periodos mínimos de un año para decretar la reglamentación donde las entidades responsables deben iniciar acciones para garantizar una mejor calidad acústica en el territorio colombiano y los respectivos Alcaldes Distritales o Municipales tendrán plazos similares para adoptar en sus respectivos territorios la regulación de las actividades que generen ruidos.
En el caso de Cartagena toda la administración Distrital está comprometida en generar un proceso participativo que permita caracterizar las conductas que contaminan con ruido en el ambiente, donde cada uno de los actores como los industriales, constructores, picoteros, gremios de las discotecas y gastrobares presenten propuestas de compromiso para eliminar la contaminación auditiva.
La Policía Nacional con las modificaciones hechas al Código de Policía tiene la responsabilidad de hacer equipo con la ciudadanía y organizaciones comunitarias para la identificación de infractores y la aplicación inmediata de las sanciones y multas que ordena la ley, ya que llegar a los sitios denunciados y pedir que se baje el volumen no puede ser la labor de la Policía MECAR, si no la identificación, aplicación de sanciones y seguimiento a los infractores que en la mayoría de las veces son reincidentes.
Los cuadrantes de Policía están en mora de hacerlo por eso en muchos barrios de nuestra ciudad los vecinos no pueden dormir porque a alguien se le ocurrió prender un aparato de sonido tres días de seguido.
Entonces la comunidad pregunta ¿Y la Policía por qué no aplica la ley?




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