EPS MutualSer debe responder de inmediato por grave crisis en la entrega de medicamentos a través de Farmaser
![]()
Usuarios de la EPS MutualSer denuncian una grave y prolongada crisis en la entrega de medicamentos, atribuida a la deficiente gestión de su entidad contratada Farmaser, situación que desde hace más de cuatro meses viene afectando seriamente a pacientes de todas las edades, especialmente niños y adultos mayores, poniendo en riesgo su salud y su vida.
La comunidad y afiliados hacen un llamado urgente y enérgico a las autoridades de salud, al DADIS y a los entes de control para que intervengan de manera inmediata frente a la no entrega oportuna de medicamentos esenciales, una problemática que se ha convertido en un patrón reiterado de incumplimiento y presunta negligencia.
Según las múltiples quejas recibidas, los usuarios se ven obligados a suspender tratamientos médicos ordenados por profesionales de la salud, debido a que Farmaser no suministra los medicamentos en los tiempos ni cantidades prescritas, pese a tratarse de fórmulas médicas vigentes y necesarias para enfermedades crónicas y de alto riesgo.
Cabe recordar que MutualSer decidió contratar a Farmaser tras los reiterados reclamos por el mal servicio prestado anteriormente por Audifarma. No obstante, la situación actual es calificada por los usuarios como aún más crítica, ya que la falta de medicamentos ha alcanzado niveles alarmantes, dejando a los pacientes en una condición de vulnerabilidad extrema.
La Corte Constitucional ha sido clara
La gravedad de esta situación está respaldada por múltiples pronunciamientos de la Corte Constitucional, que ha reiterado de manera contundente la obligación de las EPS de garantizar el derecho fundamental a la salud:
Sentencia T-185 de 2024: determinó que una EPS vulnera el derecho a la salud cuando no entrega medicamentos prescritos de forma oportuna.
Sentencia T-377 de 2024: declaró que la no entrega de medicamentos e insumos médicos ordenados constituye una violación directa al derecho a la salud.
Órdenes de la Corte Constitucional establecen que las EPS deben suministrar los medicamentos en las dosis, cantidades y periodicidades indicadas por los médicos tratantes.
La Corte también ha sido enfática en que las EPS no pueden negarse a entregar medicamentos bajo ninguna circunstancia administrativa o contractual.
Auto A-559 de 2025: señala que la omisión en la entrega continua y oportuna de medicamentos configura una vulneración grave del derecho fundamental a la salud.
Exigen intervención inmediata
Esta denuncia fue puesta en conocimiento de la Veeduría en Salud Color Esperanza y de Las Noticias Cartagena, con el fin de visibilizar la problemática y exigir acciones inmediatas por parte de las autoridades competentes.
La comunidad exige al DADIS y a los organismos de vigilancia que revisen de manera urgente el actuar de la EPS MutualSer y de Farmaser, recordando que es responsabilidad directa de la EPS garantizar la entrega oportuna de los medicamentos, sin importar la edad del paciente ni el tipo de patología.
Los usuarios advierten que no existen excusas válidas para seguir dejando a personas enfermas sin los tratamientos que necesitan para sobrevivir. La responsabilidad es compartida entre la EPS MutualSer y su operador farmacéutico, y las consecuencias de esta omisión pueden ser irreversibles.
La exigencia es clara: medidas inmediatas y efectivas para poner fin a una crisis que hoy amenaza la vida y la dignidad de cientos de pacientes en Colombia.




Debe estar conectado para enviar un comentario.