Grave vulneración al derecho a la salud: Paciente de 38 años enfrenta obstáculos por parte de Salud Total EPS y la Clínica La Nuestra

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Una usuaria de 38 años vive un calvario para acceder a la atención médica que necesita, enfrentando múltiples negativas y dilaciones por parte de Salud Total EPS y la Clínica La Nuestra, en un caso que refleja la crisis estructural del sistema de salud colombiano.

Desde mayo, la paciente espera la autorización de un estudio polisomnográfico del sueño, fundamental para su diagnóstico, sin que la EPS haya garantizado la prestación del servicio. Aunque existe un contacto en Bogotá, la respuesta siempre es evasiva: cuando contestan, argumentan que ellos se comunican con la EPS para programar la cita, pero nunca se concreta.

A esta negligencia se suma la negativa de cubrir los viáticos de transporte y acompañamiento, a pesar de que la Corte Constitucional (Sentencia T-586/23) dejó en claro que las EPS deben asumir los gastos de traslado, alojamiento y estadía cuando un servicio autorizado solo puede prestarse en otra ciudad y el paciente no cuenta con recursos económicos. Dicho derecho es automático y no requiere una orden médica adicional.

La afectada elevó una PQRS ante la Superintendencia de Salud, pero la respuesta ha sido insatisfactoria. Tras una entrevista telefónica, le prometieron que sería contactada para coordinar el estudio, lo cual nunca ocurrió.

La situación se agrava con la Clínica La Nuestra, donde había conseguido una cita con un cirujano de columna para el 25 de abril. Sin embargo, un día antes fue cancelada porque el especialista debía entrar a cirugía. Aunque intentó reprogramar, hoy le dicen que no hay disponibilidad en la agenda.

Ante este panorama, la Veeduría en Salud Color Esperanza y Noticias Cartagena La Original hicieron un enérgico llamado al DADIS y a la Superintendencia de Salud, así como a Salud Total y a la Clínica La Nuestra, para que cesen las dilaciones y atiendan de inmediato las patologías de esta paciente.

“Nos preocupa qué pasa con la Supersalud, que ante las evidencias de malas prácticas y abusos de las EPS no vemos medidas contundentes. Los famosos mercaderes de la muerte siguen haciendo lo que quieren. ¿Será que la Supersalud es solo un adorno en algunos casos?”, cuestionó Andrés Ochoa, director de la Veeduría en Salud Color Esperanza.

La Ley Estatutaria 1751 de 2015 garantiza el derecho fundamental a la salud, mientras que el Decreto 1599 de 2022 obliga a las EPS a autorizar y tramitar oportunamente los servicios ordenados por los médicos tratantes. A su vez, la Resolución 13437 de 1991 establece el Decálogo de los Derechos de los Pacientes, que debe ser respetado por todas las instituciones.

Sin embargo, en la práctica, estos derechos siguen siendo vulnerados sin que los entes de control actúen de manera efectiva.

La veeduría reiteró su respaldo a los usuarios:

“Hacemos un llamado a todos los usuarios a no quedarse callados. El Estado cuenta con entes de control como el DADIS y la Supersalud. En nuestra veeduría recibimos denuncias y acompañamos a los pacientes. Nos pueden contactar al WhatsApp 3059374600”, concluyó Ochoa.

Este caso refleja cómo miles de colombianos siguen siendo víctimas de un sistema de salud capturado por la burocracia y la indiferencia institucional, donde la vida de los pacientes se convierte en un trámite más que en una prioridad.