CRC pone tope máximo al cobro por reconexión de servicios y reduce hasta en 97% lo que pagan los usuarios de telecomunicaciones en Colombia
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Con la nueva regulación, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) fija topes máximos obligatorios al cobro por reconexión de servicios suspendidos por falta de pago. En telefonía móvil, el valor máximo será de $285. En servicios fijos, donde reconectar no cuesta lo mismo en todas las redes ni en todos los territorios, la CRC fija topes de $1.232 para la mayor parte del mercado y de $10.269 para los operadores más pequeños.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió una nueva regulación que pone límite al cobro por reconexión de los servicios de telecomunicaciones suspendidos por falta de pago y permitirá reducciones de hasta el 97% frente a los valores que hoy pagan muchos usuarios en el país.
La medida, que entrará en vigencia el 17 de julio de 2026, da cumplimiento a la Ley 2485 de 2026 y convierte en topes máximos obligatorios el principio según el cual los usuarios solo deben pagar valores asociados al costo eficiente de reconectar el servicio.
Lo nuevo no es que la reconexión deba responder a criterios de costo eficiencia, obligación que ya hacía parte del régimen aplicable. Lo nuevo es que, a partir de esta regulación, esos cobros tendrán un límite claro, verificable y obligatorio para todos los operadores.
El impacto en el bolsillo de los usuarios
Hasta ahora, los operadores podían definir libremente sus valores relacionados con la reconexión de servicios dentro del marco regulatorio vigente, lo que en la práctica generaba diferencias significativas entre los distintos prestadores y cobros que, en muchos casos, superaban ampliamente el costo real de reconectar un servicio suspendido por falta de pago.
Con la nueva regulación, cuando un operador decida cobrar por reconexión, no podrá superar los topes definidos por la CRC.
Servicios móviles: de $6.800 en promedio a máximo $285, 96% menos En servicios móviles, los usuarios pagaban en promedio $6.800 por cada reconexión.
Con la nueva regulación, el valor máximo autorizado será de $285, lo que representa una reducción cercana al 96%.
Esta reducción se explica porque la reconexión móvil es un proceso prácticamente automático que se realiza de forma remota a través de los sistemas del operador, sin necesidad de desplazamiento de personal técnico ni intervención física en el domicilio del usuario.
Servicios fijos: reducciones de hasta el 97% En servicios fijos no existe una única estructura de costos.
Reconectar un usuario en una red masiva, urbana y automatizada no cuesta lo mismo que hacerlo en mercados de menor escala, con baja densidad de usuarios, mayor dispersión territorial o mayor dependencia de gestión técnica en campo.
Por esa razón, para internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción, la CRC estableció topes diferenciados que reconocen esas diferencias técnicas, territoriales y económicas, manteniendo como regla común que el cobro corresponda al costo eficiente de reconectar el servicio.
Para los operadores que concentran cerca del 85% del mercado, el valor máximo será de $1.232, frente a cobros que en algunos casos llegaban hasta $39.000.
Esto representa reducciones de hasta el 97%. Para operadores pequeños, con menos de 30.000 accesos, el tope será de $10.269.
Este valor reconoce menores economías de escala, redes más dispersas y una mayor probabilidad de reconexiones con intervención técnica en campo.
Aun así, implica reducciones superiores al 69% frente a los valores reportados actualmente por varios de estos proveedores.
En síntesis, para la mayor parte del mercado fijo el cobro máximo será de $1.232, mientras que, para operadores pequeños, con condiciones operativas distintas, no podrá superar los $10.269.
Topes se calcularon con información de los propios operadores Todos los valores fueron calculados con información reportada por los propios operadores y con la metodología de Modelos de Empresa Eficiente que la CRC ha desarrollado durante más de una década.
El objetivo es que el usuario pague únicamente lo que cuesta reconectar el servicio de manera eficiente, sin cargos adicionales ni valores ajenos a esa operación.
Los operadores pueden seguir ofreciendo reconexión gratuita
La nueva regulación no obliga a los operadores a cobrar por reconexión. De hecho, varios proveedores ya ofrecen actualmente este servicio sin costo para sus usuarios y podrán seguir haciéndolo.
Lo que establece la regulación es que, cuando un operador decida cobrar por este concepto, el valor no podrá superar los topes máximos definidos por la CRC.
Si quiere cobrar menos o no cobrar, podrá hacerlo. Usuarios al día, cobros justos La Ley 2485 de 2025 respondió a una preocupación legítima del legislador frente a los cobros de reconexión de servicios de telecomunicaciones suspendidos por falta de pago.
Su mandato fue claro al ordenar la definición de topes máximos que evitaran que este concepto excediera los costos eficientes asociados al restablecimiento del servicio.
En cumplimiento de esa decisión legislativa, la CRC definió límites obligatorios, verificables y aplicables a todos los operadores.
La regulación no modifica las obligaciones de pago de los usuarios ni impide la suspensión del servicio cuando exista mora.
Una vez realizado el pago correspondiente, los operadores tendrán hasta tres días hábiles para restablecerlo.
Lo que cambia es el límite del cobro. Si el operador decide cobrar por reconexión, ese valor deberá ajustarse a los topes definidos por la CRC y excluir cualquier cargo ajeno a esa operación.
«Quien se pone al día no debe enfrentar un cobro desproporcionado para recuperar su servicio.
La reconexión debe costar lo que cuesta reconectar, nada más. Con esta decisión, la CRC convierte el mandato de la Ley 2485 de 2025 en una regla verificable para el mercado y en un alivio concreto para los usuarios.
En la CRC trabajamos para que las reglas del sector protejan a los ciudadanos, promuevan la transparencia y se traduzcan en ahorros reales para los colombianos.», señaló Felipe Augusto Díaz Suaza, Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
– Consulte la Resolución 8255 de 2026 “Por la cual se da cumplimiento a lo ordenado en la Ley 2485 de 2025, se establecen condiciones regulatorias para la reconexión de servicios de telecomunicaciones y se dictan otras disposiciones”




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