Juez ordena arresto de dos días al gerente zonal de Nueva EPS en Bolívar por incumplir tutela en Cartagena
La decisión judicial también impone una multa de dos salarios mínimos y exige la entrega de medicamentos y toxina botulínica a un paciente que acudió a la justicia para proteger su derecho fundamental a la salud.
Una nueva decisión judicial pone bajo la lupa el cumplimiento de las órdenes de tutela por parte de Nueva EPS en Cartagena. El Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento ordenó solicitar el arresto por dos días de Carlos Alberto Díaz Vergara, gerente zonal de la entidad en Bolívar, tras confirmarse una sanción por desacato relacionada con el incumplimiento de una orden judicial que protege el derecho a la salud de Jorge Luis Woodbine Cantillo.
De acuerdo con el auto fechado el 28 de octubre de 2026, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena confirmó el pasado 13 de octubre la decisión que había declarado en desacato al funcionario, debido a que no se había cumplido integralmente el fallo de tutela emitido el 20 de mayo de este año.
La sanción contempla dos días de arresto y una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. El juzgado dispuso solicitar a la Policía Metropolitana de Cartagena que haga efectiva la medida e informe la fecha de inicio del arresto.
Medicamentos pendientes y una nueva exigencia judicial
Detrás de la decisión hay una situación que toca directamente la vida de un paciente: el acceso oportuno a los medicamentos y al tratamiento ordenado por su médico.
En el fallo de tutela, el despacho ordenó a Nueva EPS entregar, dentro de las 48 horas siguientes, varios medicamentos prescritos a Jorge Luis Woodbine Cantillo, entre ellos bromuro de otilonio, ácido tióctico, pregabalina y tizanidina, además de una inyección de toxina botulínica, en las cantidades y dosis indicadas por el profesional tratante.
Ante el incumplimiento total de esa orden, el juzgado reiteró el requerimiento al gerente zonal para que acate de manera inmediata la decisión y garantice lo dispuesto en la tutela.
El auto también fijó como plazo máximo el 29 de octubre de 2026 para acreditar el pago de la multa. De no presentarse el comprobante dentro del término establecido, el expediente podrá remitirse a la Oficina de Cobro Coactivo del Consejo Superior de la Judicatura.
La salud no puede quedarse esperando
Este caso vuelve a poner sobre la mesa una preocupación fundamental para los usuarios del sistema de salud: cuando un juez ordena garantizar un tratamiento, la decisión debe traducirse en una respuesta concreta para el paciente.
Para quien necesita medicamentos o procedimientos prescritos, el cumplimiento oportuno no es un simple trámite administrativo. Puede representar continuidad en su tratamiento, alivio y la posibilidad de proteger su calidad de vida.
La decisión judicial no solo establece consecuencias frente al desacato, sino que insiste en que Nueva EPS debe cumplir la orden de tutela que ampara los derechos de Jorge Luis Woodbine Cantillo.


