VEJUCA lidera la exigencia de soluciones al desorden de cables en Cartagena: juez convoca a siete empresas a audiencia

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La Veeduría a la Rama Judicial de Cartagena (VEJUCA) acompaña la acción popular que busca proteger los derechos colectivos de los ciudadanos frente al cableado aéreo en desuso y los postes deteriorados. La audiencia judicial fue programada para el 19 de noviembre.

Cartagena de Indias, Bolívar. La lucha por ponerle orden al cableado aéreo y exigir soluciones frente a los postes deteriorados en Cartagena avanza en los estrados judiciales. La Veeduría a la Rama Judicial de Cartagena (VEJUCA) acompaña esta acción popular, que busca compromisos concretos de las empresas de energía y telecomunicaciones y de las autoridades vinculadas al proceso.

El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena convocó a una audiencia especial de pacto de cumplimiento para el próximo jueves 19 de noviembre de 2026, a las 9:30 de la mañana, dentro del proceso identificado con el radicado 13-001-33-33-008-2026-00209-00.

La diligencia quedó fijada mediante el Auto de Sustanciación No. 0814 del 14 de octubre de 2026 y se realizará de manera virtual.

VEJUCA, junto a las comunidades, exige soluciones verificables

La participación de VEJUCA en este proceso busca contribuir a la defensa de los derechos colectivos y a que la problemática del cableado aéreo en la ciudad no siga sin respuestas efectivas.

La acción popular fue promovida por la Veeduría Ciudadana Instrumento Popular y cuenta con la participación, como coadyuvantes, de VEJUCA, la Procuraduría 3 Judicial II para Asuntos Ambientales y Agrarios de Cartagena, las juntas de acción comunal de Manga y Bocagrande, y la Veeduría Federal Colombiana.

Erick Urueta Benavides, presidente y representante legal de VEJUCA, insistió en la necesidad de que las empresas involucradas asuman compromisos claros, con responsables, cronogramas y metas que puedan ser verificadas.

“Esta audiencia es una oportunidad para que las empresas dejen de trasladarse la responsabilidad entre ellas y le presenten a Cartagena un plan serio, con cronograma y metas verificables, para retirar el cableado en desuso y reparar los postes deteriorados. Las comunidades y las veedurías estaremos presentes para exigir que lo que se pacte se cumpla”, manifestó Urueta Benavides.

Afinia, Claro, Tigo y otras empresas deberán comparecer

En el proceso judicial figuran como demandadas siete compañías vinculadas a la infraestructura de energía y telecomunicaciones:

  • Afinia, filial del Grupo EPM.
  • Ufinet.
  • ETB.
  • Claro.
  • Tigo.
  • Movistar.
  • DirecTV Colombia.

También fueron vinculados el Distrito de Cartagena, dependencias de la Procuraduría y la Personería Distrital. El juzgado ordenó comunicar la audiencia al Defensor del Pueblo.

La acción busca respuestas frente a las denuncias ciudadanas sobre cables abandonados, redes colgantes a baja altura y postes en mal estado, situaciones que pueden generar riesgos para peatones y conductores, además de afectar el espacio público y el paisaje urbano.

Una audiencia clave para Cartagena

La diligencia del 19 de noviembre permitirá explorar un eventual pacto de cumplimiento para atender las situaciones que motivaron la acción popular.

Si las partes alcanzan un acuerdo y el juez lo aprueba mediante sentencia, los compromisos serán obligatorios y estarán sujetos a verificación judicial. Si no hay acuerdo, el proceso continuará a la etapa probatoria.

Para VEJUCA y las comunidades que acompañan esta causa, el reto es que la discusión judicial se traduzca en medidas concretas para retirar el cableado en desuso, atender los postes deteriorados y establecer responsabilidades claras.

La exigencia es que Cartagena pase de las denuncias a las soluciones, con compromisos verificables y resultados que beneficien a sus habitantes.

Datos de la audiencia

  • Juzgado: Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena.
  • Fecha: jueves 19 de noviembre de 2026.
  • Hora: 9:30 a. m.
  • Modalidad: virtual, mediante Microsoft Teams.
  • Radicado: 13-001-33-33-008-2026-00209-00.

Fuente: información publicada por VEJUCA el 17 de octubre de 2026.